La Alianza Nacional de Usuarios y Consumidores pide al Tribunal Supremo de Justicia que declare nulo los procesos abiertos contra usuarios.
Fuente: Cadena Global
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Que el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), en Sala Constitucional, declare finalmente la nulidad de todos los procesos que la Comisión de Administración de Divisas (Cadivi) adelanta contra 98.040 personas, es lo que espera en breve la Alianza Nacional de Usuarios y Consumidores (Anauco), dice su presidente, Roberto León Parilli.Desde finales de septiembre de 2007 hasta hoy, esas personas han sido convocadas a Cadivi para que consignen los documentos y facturas que demuestren el "correcto uso de las divisas" que les autorizó para pagar consumos con tarjetas prepagadas y de crédito, durante sus viajes al exterior.
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Que el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), en Sala Constitucional, declare finalmente la nulidad de todos los procesos que la Comisión de Administración de Divisas (Cadivi) adelanta contra 98.040 personas, es lo que espera en breve la Alianza Nacional de Usuarios y Consumidores (Anauco), dice su presidente, Roberto León Parilli.Desde finales de septiembre de 2007 hasta hoy, esas personas han sido convocadas a Cadivi para que consignen los documentos y facturas que demuestren el "correcto uso de las divisas" que les autorizó para pagar consumos con tarjetas prepagadas y de crédito, durante sus viajes al exterior.
Prohibición.
El 28/12/2007, la Superintendencia de Bancos (Sudeban), mediante resolución (Gaceta Oficial N° 38.840 del 28/12/2007), prohibió la emisión de tarjetas prepagadas para el uso de las asignaciones de divisas. Además, ordenó suspender las que estaban vigentes y sustituirlas por tarjetas de crédito. Cadivi ratificó esa decisión con la Providencia N° 084.
El 28/12/2007, la Superintendencia de Bancos (Sudeban), mediante resolución (Gaceta Oficial N° 38.840 del 28/12/2007), prohibió la emisión de tarjetas prepagadas para el uso de las asignaciones de divisas. Además, ordenó suspender las que estaban vigentes y sustituirlas por tarjetas de crédito. Cadivi ratificó esa decisión con la Providencia N° 084.
Violación.
León afirma que Cadivi no sólo cita mediante listas públicas a las personas, sino que las señala de fraude.
León afirma que Cadivi no sólo cita mediante listas públicas a las personas, sino que las señala de fraude.
Dice que esa actuación impide el derecho al debido proceso y a la defensa, además de que lesiona el honor, privacidad, reputación e integridad de esas personas. Y viola el principio constitucional de presunción de inocencia.
La obligación de presentarle a Cadivi las facturas que muestren en qué gastan las personas los dólares, viola los siguientes artículos de la Constitucional Nacional: el 60 y los numerales 5 y 6 del artículo 49, señala León. "Yo no tendría qué decirle a Cadivi en qué gasto mi dinero?" . Considera que Cadivi sólo debería exigir el pasaporte con las fechas de salida y entrada de las persona, así como verificar que el pago electrónico se efectuó dentro de esas fechas.
Suspensión.
El sábado, Cadivi informó que basada en la Providencia N° 084 suspendió temporalmente a 47.997 usuarias (os) de su sistema automatizado para tramitar la autorización de divisas. Manuel Barroso, presidente de Cadivi, dijo, según nota elaborada por Cadivi, que tal suspensión se debe sólo a que no respondieron a la convocatoria que les hiciera Cadivi en marzo.
El sábado, Cadivi informó que basada en la Providencia N° 084 suspendió temporalmente a 47.997 usuarias (os) de su sistema automatizado para tramitar la autorización de divisas. Manuel Barroso, presidente de Cadivi, dijo, según nota elaborada por Cadivi, que tal suspensión se debe sólo a que no respondieron a la convocatoria que les hiciera Cadivi en marzo.
Entre septiembre y diciembre de 2007, Cadivi suspendió a 32.931 usuarias (os) "por no acatar los tres primeros llamados o porque la documentación consignada no fue suficiente para comprobar el correcto uso de las divisas que les fueron asignadas" para viajar.
Demanda.
El 25 de septiembre de 2007, León introdujo en la Sala Constitucional del TSJ, como presidente de Anauco, una demanda "en defensa de los derechos e intereses de los usuarios del sistema de utilización del cupo de dólares de viajero y compras por Internet", implementado por Cadivi. La Sala Constitucional, con ponencia del magistrado Jesús Cabrera Romero, admitió dicha demanda el 20/02/2008.
León explica que el juicio había seguido su curso ajustado a los lapsos procesales hasta la fase de audiencia preliminar, donde "haremos los alegatos y presentaremos las pruebas".
Pero el magistrado Cabrera fue jubilado hace tres meses, y el TSJ no ha designado un nuevo ponente. "No nos importa el magistrado, porque creemos que tenemos la razón", afirma León. Están a la espera.Tarjetas.
La demanda mencionada también pide que se establezca un sistema o mecanismo que le permita a todos los venezolanos acceder a las divisas en igualdad de condiciones, como estable el artículo 21 de la Constitución, "pues la eliminación de la tarjeta prepagada dejó fuera del acceso a los dólares a más del 80% de los venezolanos", señala León, pues ahora es obligatorio tener tarjeta de crédito para que Cadivi autorice los dólares a los viajeros.
León recuerda que cerca del 70% de la población venezolana no está bancarizada, es decir, no tiene acceso a la banca, lo que significa que no tiene tarjeta de crédito.
Menores.
León señala que Cadivi no autoriza divisas para los menores de edad, "supuestamente porque tienen limitaciones en sus derechos". Pero, "eso no es así. Tienen limitación en el ejercicio de sus derechos, por lo que tienen un representante, pero sus derechos son los mismos de los mayores", explica. Estima injusto que un padre tenga que costear los gastos de viaje de tres hijos, por ejemplo, con los cinco mil dólares máximo que a él le autoriza Cadivi.
LOS DERECHOS ADQUIRIDOS NO SE PUEDEN DISMINUIR
Internet
La demanda referida pide al TSJ que le "ordene a Cadivi reponer a su estado original el derecho adquirido por los venezolanos" para acceder a $3.000 anuales y hacer compras a través de Internet.
Cadivi redujo ese monto a $400. León dice que la Constitución establece el principio de la progresividad de derechos, lo que significa que cuando se adquieren no se pueden disminuir. La decisión de Cadivi ha afectado a mucha gente que tenía obligaciones con acreedores externos.
I Providencia
El artículo 7 de la Providencia N° 084 de Cadivi, pauta que los viajeros están obligados a conservar durante un año, contado a partir de la fecha del consumo, "la documentación demostrativa de los gastos en divisas efectuados en el exterior". Esa documentación deberá corresponder con la autorización de las divisas.
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