Ley INCES: Ahora todos los venezolanos, empresarios y trabajadores, financiaremos la enseñanza de “la preponderancia de los intereses comunes sobre los individuales”, la cual fue rechazada en referéndum.
Aunque me declaro ignorante del tecnicismo leguleyo, considero que la Constitución del 99, la cual aprobé con el poder soberano que me asigna la Constitución, mi voto en referéndum, es una constitución muy clara y sencilla en sus términos la cual puede entender y aplicar cualquier venezolano indistintamente el área de conocimiento para lo cual se haya preparado académicamente.
Más aun, deben entenderla y conocerla a la perfección los Magistrados del TSJ, por lo que parecería una estupidez intentar explicar a tan excelsos conocedores de la materia legal lo que según mi concepción significa una fragante y evidente violación no solo de la Carta Magna, sino también del poder soberano establecido en ella, el cual ejercí a través del voto popular junto a millones de venezolanos el 02 de diciembre del 2007, negando una propuesta de reforma del presidente de la república.
Si hay alguna duda de esto, podemos comenzar por recordarles a los Magistrados del TSJ lo que dice el artículo 5 de la Constitución, el cual establece que “la soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce” …. “indirectamente, mediante el sufragio”, y fue precisamente el pueblo venezolano mediante “ejercicio de su soberanía”, a través del referendo (Art. 70 de la Constitución), negó lo establecido en propuesta de reforma que expresaba en su artículo 112 que “El Estado promoverá el desarrollo de un modelo económico productivo” ….. “fundado en los valores humanísticos de la cooperación y la preponderancia de los intereses comunes sobre los individuales”.
Ahora bien, el presidente Chávez, que calificó esta acto de soberanía popular como una "victoria de mierda", quien insiste en que "Todo lo que hace el Gobierno está en la Constitución", y que es un acto de desesperación de sus opositores el denunciar la aplicación de la “Reforma de contrabando”, ha promulgado recientemente la La Ley del Instituto de Capacitación y Educación Socialista, de la cual se aplauden varios aspectos, pero que sin embargo, establece claramente algunos elementos rechazados por el pueblo venezolano.
Si los magistrados quieren justificar su sueldo, que es bien jugoso, deberían darle una revisión al artículo 4 de mencionada Ley del INCES, en el que se establece que el INCE Socialista tendrá entre sus finalidades la de "coadyuvar al desarrollo de un modelo productivo fundado en los valores humanísticos de la cooperación y la preponderancia de los valores colectivos sobre los individuales”, exactamente como lo establecía el mencionado artículo 112 de la propuesta de reforma rechazada. Mucha coincidencia no puede ser casual, pero si lo es o no, igualmente está violando la Constitución y definitivamente considerando una “mierda” la voluntad soberana del pueblo venezolano.
Lo peor de todo no es que el gobierno promulgue y aplique la ley, sino que al aplicarla obliga a todas las empresas y a todo venezolano laborando a tener parte en esta violación de la Carta Magna, a través del financiamiento del nuevo INCE Socialista con 2% del total devengado por todos los trabajadores de la empresa (aportado por el patrono) y un 0,5% de las utilidades y aguinaldos devengados por los trabajadores, (aportado por el trabajador), lo que hace que el pueblo trabajador y empresarial venezolano cometa una apología del delito en contra de su propia voluntad soberana y constitucional.
Allí les dejo ese detallito a los magistrados del TSJ y a todo conocedor de los aspectos de la legislación venezolana para que hagan lo pertinente y necesario para que se cumpla lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
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