Nicmer Evans / El Nacional
Según nuestra Constitución, ningún Poder Público está subordinado al otro. Sin embargo, cuando el CNE se subordina a un dictamen de 7 tribunales penales y se remite a ellos para justificar la suspensión de una recolección de huellas para la activación del referendo revocatorio presidencial, ya validada por esta instancia, sin duda entra en desacato constitucional, lo que conduce a remitirse al artículo 333 de nuestra Constitución: Esta Constitución no perderá su vigencia si dejare de observarse por acto de fuerza o porque fuere derogada por cualquier otro medio distinto al previsto en ella. En tal eventualidad, todo ciudadano investido o ciudadana investida o no de autoridad, tendrá el deber de colaborar en el restablecimiento de su efectiva vigencia. CLIC AQUI para seguir leyendo...
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