jueves 31 de marzo de 2011
Parece que le salió gallo a Henrique Capriles
martes 29 de marzo de 2011
Encuestas Elecciones Presidenciales 2012 Venezuela
Las noticias, proyecciones, opiniones, resultados de encuestas y todas las notas relacionadas con las encuestas de las Elecciones Presidenciales 2012 serán agregadas cronológicamente. Entérate al instante las últimas encuestas de las elecciones presidenciales en Venezuela siguiéndome en Twitter Reporte2012
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domingo 27 de marzo de 2011
Descargue compendio de Leyes Laborales Venezolanas
domingo 13 de marzo de 2011
Medicina Laboral en Venezuela
El artículo 27 del Reglamento Parcial de la Lopcymat establece lo siguiente:
Los trabajadores y las trabajadoras tienen derecho a obtener de los Servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo toda la información sobre su salud, que se encuentre a disposición del patrono, patrona y especialmente, la relativa a los exámenes de salud que les sean realizados, cuyo resultado debe comunicárseles dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a su obtención.
Se consideran exámenes de salud periódicos, entre otros, el examen preempleo, prevacacional, postvacacional, de egreso y aquellos pertinentes a la exposición de los factores de riesgos.
La LOPCYMAT en su artículo 119 establece las infracciones del empleador que no realice a los trabajadores los exámenes de salud preventivos o niegue el acceso a la información contenida en los mismos estará cometiendo una infracción de tipo grave, que ocasionará sanciones según el artículo 124 de la LOPCYMAT como se indica a continuación: Infracciones graves: desde 26 a 75 unidades tributarias por cada trabajador expuesto. (Portal Medicina Laboral en Venezuela)
kerigma2000 Fecha de creación: 04/02/2011
El INPSASEL (Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales de Venezuela), ofrece en su portal "Herramientas para la Gestión del Delegado de Prevención", el video de formación en Seguridad y Salud Laboral titulado "La Relación Salud-Trabajo". En el mismo se hace una entrevista a la Medica Ocupacional Jaqueline Saad quien aporta valiosa información sobre ese tema.
(Fuente)
Médico ocupacional en la Gran Caracas, Zulia (Maracaibo, San Francisco y Costa Oriental del Lago), Maracay y Valencia
Exámenes físicos a trabajadores practicados por profesionales de la Medicina con especialidad en Medicina Ocupacional registrados ante el Inpsasel.
- Elaboración de la historia Médico Laboral apegada a la normativa del Inpsasel
- Examen físico integral.
- Revisión de exámenes de laboratorio.
- Informe detallado para INPSASEL
Exámenes de salud periódicos:
- Examen Anual
- Examen Pre-vacacional
- Examen Post-vacacional
- Exámenes pre-empleo
- Examen pre-egreso
Médicos laborales registrados en el Inpsasel varias ciudades:
Gran Caracas.
Zulia:
Maracaibo
San Francisco
Costa Oriental del Lago
Maracay y Valencia
sábado 12 de marzo de 2011
Valor del Cesta Tickets 2011

Base Legal
LEY DE ALIMENTACIÓN PARA LOS TRABAJADORES
(Ojo, esto cambió, ahora puede ser también entregado en efectivo, lea la noticia debajo)
Artículo 5 Parágrafo Primero. En caso que el empleador otorgue el beneficio previsto en esta Ley, a través de la entrega de cupones, tickets o tarjetas electrónicas de alimentación, suministrará un (1) cupón o ticket, o una (1) carga a la tarjeta electrónica, por cada jornada de trabajo, cuyo valor no podrá ser inferior a cero coma veinticinco unidades tributarias (0,25 U.T.) ni superior a cero coma cincuenta unidades tributarias (0,50 U.T.).
El beneficio de alimentación queda entonces establecido en los siguientes montos:
Monto mínimo: Bsf. 19,00 (0,25 U.T.)
Monto máximo: Bsf. 38,00 (0,50 U.T.)
El valor del beneficio de alimentación diario (o cesta ticket por dia trabajado) no depende del sueldo, la ley le da el poder de decisión al empleador de decidir si otorga Bs. 19 o Bs. 38 por cada día.
Es indiferente si ganas sueldo mínimo o si ganas Bs. 3000 mensual. Sin embargo, si ganas más de tres salarios mínimos (Bs 4.222,41 a partir de mayo o Bs 4.644,63 desde seprtiembre) se pierde el beneficio de alimentación. En caso de ser salario variable, deben transcurrir seis meses por encima de 3 salarios mínimos para perder este beneficio.
Este monto (de Bs. 19 a Bs 38 diario) puede ser superior según quede establecido en los contratos colectivos, y puede ser menor solo si la jornada laboral es menor a 8 horas. Bajo ningún otro concepto, el beneficio de alimentación puede ser menor al monto mínimo establecido en la ley.
Autorizan pago del bono de alimentación en efectivo
Aunque se cancele en dinero, la bonificación no se considerará salario
SUHELIS TEJERO PUNTES
Eluniversal.com
La Ley de Alimentación de los Trabajadores fue reformada por segunda vez en apenas una semana, a fin de abrir la opción para las empresas con nóminas menores a 20 personas o para aquellos trabajadores que viven en zonas donde no se aceptan los bonos de alimentación.
Con la nueva modificación los empleadores tendrán la posibilidad de pagar el ticket en dinero en efectivo o su equivalente, dejando claro que la bonificación no será considerada como salario", por lo que no tendrá incidencia para el cálculo de las prestaciones y otros beneficios.
El Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Alimentación para los trabajadores que fue publicado en la Gaceta Oficial 39.666 del 4 de mayo indica que los parámetros serán los mismos que si se cancelara el beneficio con cupones, tickets o tarjetas electrónicas.
De tal manera, se mantiene el rango de 0,25 a 0,50 unidades tributarias (de 19 a 38 bolívares) por jornada laboral como marcadores para el cálculo del bono de alimentación, el cual no deberá equivaler a más de 30% del salario que devenga el trabajador.
Esta última reforma a la Ley de Alimentación para los Trabajadores no deroga la norma que entró en vigencia la semana pasada y que fue publicada en la Gaceta Oficial 39.660, ni tampoco ordena la anulación de la que fue aprobada el 27 de diciembre del año 2004 y que aparece en la Gaceta Oficial 38.094. En su lugar deroga la Ley Programa de Alimentación para los Trabajadores del año 1998 que ya había sido anulada hace siete años.
viernes 11 de marzo de 2011
Videos del terremoto de 8.9 y tsunami en Japón
RTVCHD
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domingo 6 de marzo de 2011
Carnaval no es Día Feriado para la empresa Privada
Las leyes laborales venezolanas (Art. 212 LOT del 1997 y Ley de Fiestas Nacionales de 1977) no establecen los días lunes y martes de carnaval como días feriados o fiestas nacionales, por lo que la empresa privada no está obligada a cancelar dichos días como tal si el trabajador no labora tales días. A no ser que por contratación colectiva o por decreto presidencial así quede establecido.
Por ejemplo, consulten AQUI el decreto 39.092 del año 2009 (página 7) el cual establece carnaval como no laborable para la administración pública dejando la duda para el resto de los 25 millones de venezolanos que no dependemos de la administración pública.
Sin embargo, miren esta sentencia de la Sala de Casación Social de TSJ del año 2003 sugiere que a pesar de que año tras año se disfrutan estos dos días libres, no hay razones legales para determinar tales días como feriados no laborales:
La Sala, para decidir, observa:
El lunes y martes de carnaval no se encuentran entre los días declarados como feriados en la Ley Orgánica del Trabajo y en la Ley de Fiestas Nacionales, y aunque es sabido que la gran mayoría de las empresas no laboran en los mismos e incluso tampoco lo hace buena parte de los organismos de la Administración Pública, ello no es suficiente, en ausencia de una contratación colectiva o particular que así lo contemple, para asimilarlos pura y simplemente a la categoría de días no laborables de pago obligatorio.
Si algún lector nos presenta fundamentos legales que me contradiga, bienvenido sea, y se le hará la referencia requerida.
Horario Especial de Carnaval Varios Bancos en Venezuela
HORARIO ESPECIAL DE CARNAVAL Banco Exterior pdf
HORARIO ESPECIAL DE CARNAVAL Banesco
HORARIO ESPECIAL DE CARNAVAL Banco de Venezuela
HORARIO ESPECIAL DE CARNAVAL Banco Mercantil
HORARIO ESPECIAL DE CARNAVAL Banco Provincial
HORARIO ESPECIAL DE CARNAVAL Banco del Caribe
(Editando)
Ver también: Días Feriados 2011. Venezuela, Días Feriados Bancarios 2011,
sábado 5 de marzo de 2011
Muere Lina Ron
Ver también:
VTV anuncia muerte de Lina Ron
Forense: Lina Ron murió por infarto al miocardio
Feretro de Lina Ron llega a Plaza Andrés Eloy Blanco
Como la ha confirmado Andres Izarra, Ministro de Comunicación e Información venezolano, en su cuenta Twitter IzarradeVerdad, el día de hoy ha fallecido la dirigente Lina Ron
“Con gran dolor informo que la camarada Lina Ron ha ingresado sin signos vitales, producto de infarto, a una centro hospitalario de CCS” informó Izarra.
Se desconocen por ahora las causas de la muerte. Se está realizando la autopsia de rigor seín informó Izarra por Twitter.
Video: VTV anuncia la muerte de Lina Ron
