La Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela emitió un boletín denominado "Tenencia de Criptoactivos Propios" o BAVEN-NIF 12, en el cual se desarrolla la primera norma para la expresión de información contable en cualquier criptomoneda.
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Entre los elementos a destacar de la norma se señala que los criptoactivos deben reconocerse como un rubro separado en los balances y serán considerados como activos corrientes o no corrientes en función de la temporalidad de la tenencia. CLIC AQUI para seguir leyendo...
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